Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño
CyberDodo y las hormigas (1-1)
CyberDodo y las abejas (1-5)
La playa (1-6)
La Convención (2-1)
Definición de niño – Artículos 1 y 2 - (2-2)
La misión de CyberDodo (2-40)
CyberDodo y el despilfarro de energía (1-20)
CyberDodo y las personas con discapacidades (2-20)
La importancia de los medios de comunicación – Artículo 17 - (2-15)
CyberDodo y los peligros del fuego (1-7)
Los ríos (1-8)
Comprender el interés superior del niño (2-3)
CyberDodo y los monos (1-13)
CyberDodo y los camellos (1-31)
CyberDodo y el agua (1-32)
Las plantas medicinales (1-33)
CyberDodo y los pingüinos
CyberDodo y los niños soldados (2-30)
CyberDodo y los guepardos (1-23)
CyberDodo y las moscas tse-tsé (1-47)
CyberDodo lucha contra la explotación sexual infantil (2-27)
CyberDodo y el coral (1-16)
CyberDodo y las napas freáticas (1-53)
El derecho a tener una nacionalidad (2-37)
CyberDodo y los bosques (1-9)
CyberDodo lucha contra la obesidad (2-34)
CyberDodo y las águilas (1-21)
CyberDodo y la implementación del acuerdo (2-4)
CyberDodo y las tortugas (1-24)
CyberDodo y la libertad de expresión (2-13)
CyberDodo y los animales de corral (1-25)
CyberDodo y la lucha contra la trata de niños (2-28)
CyberDodo y los rinocerontes (1-28)
CyberDodo lucha contra el cigarrillo (2-35)
CyberDodo lucha contra el maltrato (2-16)
CyberDodo lucha contra el trabajo infantil (2-25)
CyberDodo y el efecto invernadero (1-40)
CyberDodo lucha contra la droga (2-26)
CyberDodo y los niños de la calle (1-38)
CyberDodo lucha contra el rapto de niños (2-11)
CyberDodo y los clones (1-4)
CyberDodo y las ballenas (1-10)
CyberDodo y el derecho a la educación (2-38)
CyberDodo y los delfines (1-11)
CyberDodo defiende el derecho a la libertad de expresión ante la Justicia (2-12)
CyberDodo y la energía solar (1-45)
CyberDodo y los elefantes (1-22)
¡3 minutos para descubrir CyberDodo!
CyberDodo lucha contra el hambre (2-6)
CyberDodo y la capa de ozono (1-35)
CyberDodo y la contaminación urbana (1-19)
CyberDodo y la leche materna (2-7)
CyberDodo y la nutrición (1-55)
La difusión de la Convención (2-39)
CyberDodo y el mantenimiento de las ciudades (1-41)
CyberDodo y el león marino (1-18)
CyberDodo y los dodos (1-2)
CyberDodo lucha contra las agresiones sexuales (2-33)
CyberDodo educa a los niños para que ejerzan sus derechos
CyberDodo y los tiburones (1-27)
CyberDodo y los moluscos (1-26)
CyberDodo y el tráfico de animales (1-30)
CyberDodo y el derecho a vivir con los padres (2-09)
CyberDodo y los caballos de tiro (1-36)
El derecho a tener un nombre (2-08)
CyberDodo y las represas (1-37)
CyberDodo promueve el derecho a la privacidad personal (2-14)
CyberDodo y los aligatores (1-39)
CyberDodo y los animales abandonados (1-43)
¡Luchemos contra la explotación sexual infantil!
CyberDodo y el patrimonio (1-44)
CyberDodo lucha a favor de los derechos que rigen la adopción (2-18)
CyberDodo y el calentamiento global (1-50)
CyberDodo y los plaguicidas (1-51)
CyberDodo y la morsa (1-46)
CyberDodo y la nutria (1-52)
CyberDodo y el salmón (1-54)
CyberDodo y el derecho a un nivel de vida adecuado (2-21)
El Edupack “CyberDodo y los derechos del niño”
CyberDodo y las arañas (1-56)
CyberDodo y la contaminación (1-57)
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Declaración Universal de los Derechos Humanos
CyberDodo defiende el derecho a la reunión familiar (2-10)
CyberDodo y los murciélagos (1-29)
CyberDodo y los animales de granja (1-58)
CyberDodo lucha a favor de los derechos de las minorías (2-23)
CyberDodo y los fertilizantes (1-12)
CyberDodo y la cría en batería (1-49)
Concurso: ¡Conviértase en reportero gráfico de CyberDodo!
Salón de la Fama (Ganadores de los torneos de CyberDodo)Para un análisis completo del artículo 9 de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, comencemos con el título del mismo y algunas reflexiones fundamentales sobre la familia:
Artículo 9 Un niño tiene derecho a vivir con sus padres, excepto cuando se determine que es incompatible con el interés superior del niño. En tal caso, tiene derecho a mantener relaciones personales con ellos, o con el padre del cual haya sido separado. Cuando un Estado Parte sea responsable de dicha separación, tendrá obligaciones que cumplir.
Se reconoce de manera universal que para el desarrollo armonioso de un niño no hay mejor sitio que una familia afectuosa. (Éste es también uno de los temas de que se tratan en artículo 18 de la Convención).
Durante el siglo XXI el elevado número de divorcios, especialmente en los países occidentales, ha causado el deterioro de la unión familiar tradicional, que consiste en la madre, el padre y los hijos.
Cada vez hay más familias ensambladas, que están compuestas por adultos que se vuelven a casar después de un divorcio y educan a sus respectivos hijos juntos; por consiguiente, los niños tienen un padrastro o una madrastra.
¿Qué ocurrirá con la relación de los niños con su padre o su madre biológicos?
Esta pregunta resume este documento, ya que numerosas situaciones pueden causar una separación temporal o de largo plazo entre un niño y uno de sus padres. El propósito del artículo 9 es ratificar que es fundamental que ambos mantengan una relación personal.

¿Cuál es la responsabilidad de un Estado Parte según el artículo 9?
A la hora de tomar una decisión, las autoridades siempre deberían tener en cuenta el interés superior del niño (artículo 3), cuya explicación se puede encontrar en el documento al cual se puede acceder haciendo clic aquí.
Por desgracia, a veces los padres no se comportan adecuadamente con sus hijos: en algunos casos, las familias son separadas porque las autoridades deben adoptar medidas correctivas como, por ejemplo, el encarcelamiento de uno de los padres en el caso de un delito penal.
Incluso en este tipo de situaciones delicadas es necesario que el niño mantenga una relación personal con sus padres para su adecuado desarrollo (excepto cuando su integridad física o moral se encuentra amenazada. Véase el artículo sobre el interés superior).
Para lograrlo, el Estado Parte debe garantizar las condiciones indispensables para el mantenimiento de dicha relación, en especial un personal competente que los controle y sitios de encuentro apropiados.
Recordemos esto por los niños: la ausencia de uno de los padres o una mala impresión que el niño tenga del padre o de la madre pueden traer graves consecuencias a su vida adulta.

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